Brasil impone una tasa compensatoria final del 18.79 % al acero inoxidable laminado en frío de Indonesia
La Resolución N° 421, de 1 de diciembre de 2022, del Comité Ejecutivo Administrativo de la Comisión de Comercio Exterior del Ministerio de Economía de Brasil (GECEX), impone cuotas compensatorias definitivas a AISI 304 productos laminados planos de acero inoxidable austenítico estándar y similares estándar importados de Brasil por el período más largo Durante cinco años, incluidas sus variantes, como 304L y 304H, laminados en frío, con un espesor igual o superior a 0.35 mm pero inferior a 4.75 mm , originario de la República de Indonesia.
Subpartidas 7219.32.00, 7219.33.00, 7219.34.00, 7219.35.00 y 7220.20.90 – NCM, que generalmente se clasifican bajo la nomenclatura común del Mercosur – NCM, originarias de la República de Indonesia, cobradas a una tasa fija ad valorem al Porcentaje aplicable sobre el valor en aduana del producto, sobre la base de costo, seguro y flete – CIF, determinado de conformidad con la ley, en las siguientes cantidades:
Natural | Fabricante/Exportador | Derechos compensatorios ad valorem, base CIF (%) |
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Indonesio | Toda la empresa | 18.79 |