Brasil inicia una investigación de examen por extinción antidumping sobre tubos redondos soldados de acero inoxidable austeníticos de China
El 25 de julio de 2024, la Secretaría de Comercio Exterior del Ministerio de Desarrollo, Industria, Comercio y Servicios de Brasil (Ministério do Desenvolvimento, Indústria, Comércio e Serviços/Secretaria de Comércio Exterior) emitió el Aviso No. 34 de 2024, indicando que al A solicitud de la empresa brasileña Aperam Inox Tubos Brasil Ltda., la segunda investigación de examen por extinción antidumping se inició el tubos redondos soldados de acero inoxidable austenítico (portugués: de aço inoxidável austenítico, dos graus 304 e 316, de seção circular) originario de China.
El diámetro exterior de los productos involucrados es de 6 mm o 1/4 de pulgada (inclusive) a 2032 mm u 80 pulgadas (inclusive), el espesor es de 0.40 mm (inclusive) a 12.70 mm (inclusive) y el número arancelario del Mercosur es 7306.40.00. .7306.90.20 y 2022. El período de investigación de dumping de este caso es de octubre de 2023 a septiembre de 2018, y el período de investigación de daño es de octubre de 2023 a septiembre de XNUMX.
Durante la investigación del caso, los derechos antidumping actuales seguirán vigentes. Se espera que la decisión final del examen por extinción se emita dentro de los 10 meses siguientes a la fecha de presentación del caso, pudiendo ampliarse hasta por 2 meses. El anuncio entrará en vigor a partir de la fecha de publicación.
El 7 de marzo de 2012, Brasil inició una investigación antidumping sobre tubos redondos soldados de acero inoxidable austenítico originarios de China continental y Taiwán. El 27 de julio de 2018, Brasil inició la primera investigación de examen por extinción antidumping sobre tubos circulares soldados de acero inoxidable austenítico originarios de China continental y Taiwán.
El 25 de julio de 2019, Brasil emitió el primer fallo final de la revisión por extinción antidumping sobre tubos redondos soldados de acero inoxidable austeníticos originarios de China continental y Taiwán: 1. Continuar imponiendo derechos antidumping a los productos involucrados en el caso provenientes del continente China durante 5 años; 2. Terminar la investigación sobre los productos involucrados en el caso provenientes de Taiwán y no recomendar una mayor extensión de los derechos antidumping sobre las importaciones provenientes de Taiwán (excepto Yc Inox Co, Ltd.).